CEMARA, a través de sus asesores legales y por pedido de nuestros asociados, ha evaluado la posibilidad de implementar firmas electrónicas para facilitar a los clientes la firma de solicitudes de servicio sin necesidad de acudir a las oficinas. Según el marco legal argentino, el uso de firmas electrónicas está permitido en la mayoría de los documentos, salvo en aquellos que requieran una formalidad específica.
Sin embargo, es esencial diferenciar entre firma electrónica y firma digital. Las firmas digitales ofrecen una seguridad jurídica similar a la de una firma manuscrita, garantizando la integridad y autoría del documento gracias a presunciones legales de validez. Por otro lado, las firmas electrónicas, como las generadas por plataformas como DocuSign, no tienen estas presunciones, lo que implica que, en caso de disputas, la validez del documento deberá ser demostrada por la parte interesada.
En conclusión, para documentos que requieran mayor seguridad jurídica, se recomienda el uso de firmas digitales, mientras que las firmas electrónicas pueden ser útiles para trámites menos complejos.
Nota: Esta información es de carácter informativo y se refiere exclusivamente a la legislación argentina vigente.